Donde no haya receta electrónica, la de papel llevará un código impreso.
Los jubilados que gasten más del tope, recibirán el reembolso en seis meses
Ángeles López | Madrid
La nueva reforma del sistema sanitario de España implicará, entre otras cosas, que el paciente pague más por sus fármacos. La cantidad que el usuario debe abonar a partir del 1 de julio será en función de su renta y situación laboral. La forma en que se hará no ha sido detallada por la Administración. De momento, estas son algunas de respuestas a las muchas de las preguntas que tiene la población.
En la farmacia
Las farmacias que no cuenten con un sistema informatizado de prescripción empezarán a manejar recetas que llevarán impresos unos códigos, desde el 001 al 006, en la parte superior derecha que identificarán el porcentaje que la persona debe pagar del precio de ese fármaco. Las que sí tengan receta electrónica es probable que el programa informático identifique el tipo de aportación que debe realizar cada usuario.
¿Qué pagarán los pensionistas?
Si tiene una pensión no contributiva o una renta mínima de inserción, el pensionista no tiene que pagar nada. Cuando su pensión es menor a 18.000 euros al año, deberá pagar un 10% del precio del medicamento, hasta un máximo de ocho euros al mes. Si gana más de 18.000 euros por año, pagarán el 10% de los fármacos con un máximo de 18 euros al mes. Sólo los que tengan rentas superiores a 100.000 euros deberán pagar el 60% de sus medicamentos, hasta un límite de 60 euros al mes.
¿Cómo se registra ese pago? ¿Qué pasa si lo supero?
Hay diferencias entre las comunidades autónomas. Andalucía ha manifestado que no se cobrará de más a cada usuario, el sistema informático lo impedirá cuando la persona llegue a su tope mensual. En otras comunidades, la diferencia entre lo que se paga y lo que debe pagar cada jubilado en función de su renta será abonada por los servicios de salud que lo reintegrarán de forma automática en la cuenta corriente donde el usuario tenga domiciliada su pensión, según informa Sanidad. la administración en un periodo máximo de seis meses. Sólo en el caso de retirar las prescripciones fuera de su Comunidad Autónoma tendrá que presentar las recetas y los tickets de pago para solicitar el reintegro. El reembolso se efectuará en un plazo de entre tres y seis meses.
¿Y si trabajo?
Los trabajadores activos también contribuyen de forma diferente en función de su renta anual. Aquellos que tienen una renta inferior a los 18.000 euros al año, pagarán lo mismo que hasta ahora, es decir, el 40% de los medicamentos. Si la renta es superior a los 18.000 pero inferior a los 100.000, deberán abonar el 50% del coste de los fármacos. Las personas que perciban rentas superiores a las mencionadas deberán pagar el 60% del precio del producto.
Soy funcionario, ¿qué tengo que pagar?
Los funcionarios incluidos en MUFACE e ISFAS, militares y personal al servicio de la administración de justicia deberán abonar el 30% del precio de los medicamentos.
¿Pagan los que están en paro?
Si una persona recibe una renta mínima de inserción o ya no recibe ninguna prestación por desempleo, no tendrá que pagar por sus medicamentos.
¿A quién no le afecta el copago?
No se verán afectados por el copago las personas con rentas no contributivas, los parados de larga duración sin prestación, los perceptores de rentas de integración social, personas con discapacidad y afectados del síndrome tóxico, además de aquellos que sigan un tratamiento derivado de un accidente de trabajo o de una enfermedad profesional.
¿Qué ocurre con las familias numerosas?
Ana Mato, ministra de Sanidad, ha asegurado que en el futuro se adoptarán medidas para que las familias numerosas paguen menos por los medicamentos.
¿Cuánto ahorrará Sanidad con esta medida?
Según ha calculado el Ministerio de Sanidad, se prevé que la reforma sanitaria producirá un ahorro de 7.400 millones de euros.
Fuente: